VERIFICACIONES
Es falso que Daniel Urresti pueda devolver el dinero de los aportantes a la ONP y que “nada ni nadie pueda impedírselo”
El candidato presidencial aseguró que devolvería los aportes realizados a la ONP, sin embargo, constitucionalmente no es posible.
Redactor: Lucía Tumes -2021-02-13
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El jueves 4 de febrero, el candidato presidencial del partido Podemos Perú, Daniel Urresti, lanzó un comunicado en redes sociales donde sostuvo que, de llegar a ser presidente, devolvería los aportes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a todos los pensionistas.
El video, publicado en plataformas como Twitter y Facebook, cuenta con más de 600.000 reproducciones y ha sido compartido más de 7.000 veces. Sus palabras exactas fueron:
Daniel Urresti
Esta afirmación es falsa.
El pasado 4 de febrero, el Tribunal Constitucional (TC) —máximo intérprete de la Constitución Política del Perú— declaró inconstitucional la ley 31083 aprobada por el Congreso de la República, que autorizaba la devolución total de los aportes a los afiliados de la ONP.
El partido Podemos Perú sostuvo a PerúCheck que las declaraciones brindadas en este video se basan en el plan que tienen para pagar la deuda interna del país. Señalaron que incluso tienen, para el primer mes de su gobierno, un cronograma de pago para la devolución del dinero de los aportantes.
Carlos Anderson, jefe del plan de gobierno de Podemos Perú, declaró a este medio que lo dicho por Urresti es un mensaje de convencimiento y voluntad política. “¿Cómo nos agenciamos de los recursos? Va a depender de cómo encontremos exactamente la economía del país a partir del 28 de julio. Hoy en día no tenemos acceso a la información que se requiere para dar los detalles, pero la voluntad política está. Los recursos del Estado están allí, así como hay recursos para hacer bonos indiscriminados, habrá que hacer bonos específicos de reconocimiento y diferentes fórmulas que se pueden ir generando”, expresó.
El Dr. Liliano Yzaga, especialista en Derecho Constitucional, expone que se debe tener en cuenta que el TC tomó su decisión en base a la Constitución y que este organismo es el principal intérprete de la carta magna. “En el campo del derecho, todo debe estar escrito en la ley. Mientras no se hagan las modificaciones constitucionales para viabilizar esto, el TC lo seguirá declarando inconstitucional”, declaró.
La Constitución precisa en el artículo 79 lo siguiente: “Los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos”. Asimismo, el Reglamento del Congreso de la República señala en el artículo 23 que los parlamentarios tienen la obligación de “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes del Perú, así como respetar el reglamento mencionado”.
Por lo tanto, para que el candidato pueda cumplir su promesa, como lo informa el especialista en Derecho Constitucional, se debe efectuar un cambio en la Constitución. De esta manera, podría plantear una nueva ley para la devolución del dinero a los aportantes.
Entonces, ¿qué debería hacer Urresti si llegara a la presidencia para cumplir lo que propuso? El abogado constitucionalista describió los pasos a seguir. Primero, debería presentar un proyecto de reforma constitucional, el cual entrará a la Comisión de Constitución del Legislativo que evaluará la viabilidad.
Luego, se debe realizar un referéndum a la población, que de ser aprobado, se efectuará el acto constituyente de reformar. Una vez listo el nuevo proyecto, según Yzaga, lo legal y legítimo sería volver a efectuar la consulta a la población, es decir, otro referéndum para saber si la ciudadanía está de acuerdo.
Finalmente, el especialista indicó que una vez validada se pasará de tener un proyecto a una nueva Constitución.
Yzaga explica que todo el proceso descrito toma tiempo en ser ejecutado. “Si asumo el gobierno, puedo llevar realizados varios proyectos para presentar al Congreso, pero solo son proyectos (…) organizar y agendar un referéndum toma tiempo; por la logística, tal vez tres meses”, declaró.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) explicó que el Sistema Nacional de Pensiones cuenta con 576.000 pensionistas y 4,7 millones de afiliados, quienes aportan a un fondo común administrado por la ONP.
Esta entidad distribuye los aportes a los jubilados bajo el fundamento de solidaridad intergeneracional, lo que implica que los actuales aportantes paguen las pensiones de los jubilados y los que aporten en la próxima generación, hagan lo mismo con los actuales aportantes.
Por este motivo, el MEF manifiesta que “disponer de los fondos de pensiones no solo sería inconstitucional, sino materialmente imposible, al no existir recursos acumulados. Además, podría ocasionar que no pueda financiarse el pago de pensiones actuales”.
Conclusión
Es falsa la declaración de Daniel Urresti, aspirante a la presidencia del Perú, en la que asegura que podrá devolver el dinero de los aportes a la ONP sin que nada ni nadie pueda impedírselo.
En primer lugar, dado que la decisión del TC fue declarar inconstitucional la Ley n.° 31083, el futuro presidente tendría que hacer un cambio en la constitución vigente. Este cambio, implicaría un proceso largo, lo que significa que, en cuanto al tiempo, no sería posible programar una devolución en el primer mes de gobierno.
Asimismo, si el proyecto no cuenta con una aprobación mayoritaria del Congreso y de la población, no podrá prosperar. A la vez, para el MEF, ejecutar la devolución es materialmente imposible, al no existir fondos acumulados.
*Actualización: Un día después de su publicación, se amplió la declaración del jefe de plan de gobierno de Podemos Perú, Carlos Anderson.
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