VERIFICACIONES

El 7 de febrero el candidato al Congreso de la República por el partido Podemos Perú, José Luna Gálvez, realizó un video en Facebook, el cual cuenta con más de 3.4 millones de reproducciones y ha sido compartido más de 6.000 veces. 

En esta publicación, el aspirante al Parlamento dijo: “Existen pensionistas que reciben 8 soles. El Estado Peruano está condenando a la pobreza y a la miseria a millones de aportantes a la ONP (Oficina de Normalización Previsional). Nuestra lucha y compromiso será por la devolución del 100% de los fondos de la AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) y ONP”.

Existen impedimentos constitucionales y económicos para una devolución al 100% de aportes AFP y ONP

José Luna informó, en el video publicado, que devolvería el 100% de los aportes de la AFP y ONP de llegar al Congreso. Pero, ¿esto es posible para un congresista? 

El Partido Podemos Perú precisó a PerúCheck que apoyan la devolución de fondos de las AFP y ONP, como lo ha comentado también Daniel Urresti, con proyectos de Ley como el N.° 6631 (devolución 100% AFP) y N.° 31068 (retiro de hasta dos unidades impositivas tributarias de la AFP). 

La especialista en políticas públicas y sociales, María Paula Távara, especificó que la ONP, a diferencia de la AFP, es un sistema colectivo. Toda la contribución de los aportantes va a fondo común, no existen cuentas individuales de ahorros. Es decir, el dinero que un afiliado aporta en la actualidad, sirve para el pago de los jubilados. Cuando este aportante envejezca, será la nueva generación la que pague su jubilación.

Por otro lado, Távara explicó que en el sistema AFP sí existen cuentas individuales, los aportes van a un fondo de ahorro personal que la entidad se encarga de invertir —con el riesgo de que pueda crecer o decrecer—.

En el artículo 23 del Reglamento del Congreso de la República se indica que  “los congresistas tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir la Constitución política y las leyes del Perú, así también como respetar el reglamento mencionado”. Además, la Constitución Política del Perú indica en el artículo 79 que “los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos”. 

El abogado constitucionalista Dr. Liliano Yzaga detalló que es por la Constitución que el Tribunal Constitucional (TC) —máximo intérprete de esta— decidió declarar inconstitucional la Ley N.° 31083, donde se autorizaba la devolución total de los aportes a los afiliados de la ONP. Según el especialista, debería existir un cambio en la Constitución para que pueda presentar un nuevo proyecto en el Congreso solicitando la devolución mencionada y pueda ser aprobada.

María Paula Távara indicó que, aunque es complejo y tiene efectos sobre la economía de los fondos de inversión, es posible solicitar una devolución en el sistema privado (AFP) porque el dinero se encuentra guardado para cada aportante. 

En tanto, advirtió que, si se pide una devolución en el sistema público (ONP), el Estado deberá encontrar fuentes de financiamiento en otras partes del presupuesto público para poder hacer las devoluciones, lo que podría significar miles de millones de soles menos para otros servicios. 

Además, aconsejó: “lo más recomendable sería fortalecer y promover el sistema público de pensiones, ya que si hoy se generan retiros masivos, cuando estas personas tengan 70 u 80 años, no van a tener recursos, por lo que tendrán que acudir a la pensión de gratuidad (Pensión 65)”.

El MEF también afirmó que en el Sistema Nacional de Pensiones, manejado por la ONP,  no existe un fondo acumulado individual, ni colectivo, no puede haber un retiro parcial ni total de aportes. Finalmente, aseguró que si se decide “devolver” los aportes, entonces no se podrá financiar el pago de las pensiones actuales.

Es impreciso decir que existen pensionistas de la ONP que reciben 8 soles

El partido al que pertenece el señor Luna Gálvez sostuvo que la información que ha brindado sobre las pensiones de 8 soles se sustenta en un reportaje realizado por Nicolas Lúcar en Exitosa Noticias. En este informan que existen personas que cobran 3 y 8 soles como pensión. 

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) indicó a este medio que los casos de pensiones por debajo de los 10 soles corresponden a personas que no realizaron aportes al Sistema Nacional de Pensiones. Detalló que son quienes en su momento aportaron a la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador o Caja del Pescador, la cual quebró en el año 2010 y que, por eso, el pago de sus pensiones fue asignado a la ONP por mandato de la Ley  N.º 30003. Este pago se conoce como la Transferencia Directa al Ex Pescador (TDEP), que equivale al mismo monto que recibían en la Caja, con un tope de 660 soles.

“De haberlo hecho (de haber aportado a la ONP), el pago de sus pensiones fluctuaría entre los S/ 500 y S/ 893; monto mínimo y máximo establecido para los afiliados a este sistema”, expresó la entidad.

Conclusión

No es posible garantizar al 100% la devolución de los aportes a la ONP y AFP. En el caso de la ONP, además de tener una traba constitucional, no existen fondos para devolver. En el caso de que se tuviera que realizar una devolución, el Estado tendría que recortar gastos de otros servicios, como el pago a los afiliados. Con la AFP, existe la posibilidad de pedir una devolución ya que existe un ahorro por cada afiliado, sin embargo, esto generaría un gran impacto en la economía y dejaría sin fondo de jubilación a las personas.

Por otra parte, es impreciso afirmar que existan pensionistas de la ONP que reciban 8 soles. Aunque es verdad que existen pensiones con montos por debajo de los 10 soles, estas no corresponden a personas que hayan aportado al sistema público de pensiones (ONP). Se trata de casos específicos que fueron consecuencia de la quiebra de la Caja el Pescador y que fueron absorbidos por la ONP con los mismos montos que recibían en la Caja.